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  REGLAMENTO JUVENIL
 
DEPARTAMENTO NACIONAL DE ESFUERZOS CRISTIANOS (DENEC)
Consejo Nacional de Esfuerzos Cristianos (CONEC)
 
periodo enero 2010 a Enero 2011.
 
Presidente: Darwin Cruz Vera (Cusco) darpajc@hotmail.com
Vicepresidenta: Franz F. (Lima)
Secretaria: Cindy Palomino (Ica)
Prosecretaria: Bethsaida Fernández (Tarma)
Tesorera: Edgar Hancco (Arequipa)
Protesorero: Raquel Sancca (Cusco – Sicuani )
Vocal: Yudi (Huancayo)
 

REGLAMENTO JUVENIL

DEPARTAMENTO NACIONAL DE ESFUERZOS CRISTIANOS

ANEXO DEL REGLAMENTO

DEPARTAMENTO JUVENIL DE LA IGLESIA EVANGELICA PERUANA

TITULO PRELIMINAR

DEFINICIÓN, FUNDAMENTO Y LEMA

1. DEFINICIONES PRELIMINARES

PRIMERO: Su Definición:

Es el Departamento Juvenil de la iglesia evangélica peruana es una organización juvenil, conformado por jóvenes miembros en plena comunión de las iglesias locales.

 

SEGUNDO: Su Fundamento:

El Departamento Juvenil, como cuerpo subsidiario de la Iglesia Evangélica

Peruana, se funda en la Biblia, (1 Tim 3:1-13; 2 Tim 2:2 y 15.) Los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de las diferentes instancias de la Iglesia

Evangélica peruana.

 

TECERO: Su Lema:

El lema del Esfuerzo Cristiano es: “Por Cristo y por su Iglesia”

 

TITULO I

FINALIDAD, OBJETIVOS, MEMBRESÍA, SOSTENIMIENTO Y DOMICILIO

 

Artículo 1º. La finalidad del Departamento Juvenil.- Es contribuir alCrecimiento y la edificación de la Iglesia en el área de los jóvenes como cuerpo de Cristo, a través delEjercicio y cumplimiento de sus dones y ministerios conforme a los objetivos de laIglesia Evangélica Peruana.

 

Artículo 2º. Objetivo.-El Departamento Juvenil, conforme a 2° Tim. 2.15; 3.17, busca Alcanzar los siguientes objetivos:

1. Viabilizar la comunión de cada joven con nuestro DIOS.

2. Preparar a la Juventud en la misión integral de la iglesia: Adoración, oración, comunión, Discipulado, Evangelización y Servicio.

3. Promover proyectos de Misión, Evangelización y de Servicio Social dirigidoEspecíficamente a jóvenes, en la Iglesia y la Sociedad.

4. Desarrollar un ministerio integral a nivel denominacional, con proyección aLa labor interdenominacional y la sociedad misma.

5. Promover el desarrollo de sus dones y ministerios, para una mejorParticipación en la vida y misión integral de la Iglesia

6. Capacitar, discipular y pastorear a los jóvenes de la iglesia.

7. Cumplir con lo dispuesto por el Título Preliminar y el Art. 5 del estatuto y otras normas y acuerdos de la Iglesia Evangélica Peruana.

Artículo 3º.Son miembros del esfuerzo cristiano, los Jóvenes quecumplen los requisitos de membrecía establecidos en las normas de la IEP, cuyas Edades están comprendidas entre los 15 a los 25 años, y que participan activamenteen su Sociedad de Esfuerzo Cristiano (SEC), teniendo en cuenta las realidades propias de cada zona para su aplicación, Tiene 3 clases de miembros:

 

1. Miembros Activos: Conformado por los jóvenes bautizados y en plenaComunión con Dios y su Iglesia, quienes tienen derecho a voz, voto y serElegibles en los diferentes cargos del Departamento Juvenil.

2. Miembros Adherentes: Conformado por Jóvenes convertidos que aún noson bautizados por razones debidamente justificadas, pero que asisten conregularidad al Esfuerzo Cristiano; estos no tienen derecho a voto, pero sitienen voz en las diferentes reuniones y actividades de trabajo de su SEC

 3.Miembros Honorarios: Conformado por hermanos mayores quehayan entregado su trabajo a la Juventud y que aún se identifican con la laborjuvenil, quienes tienen derecho a voz.

 

Artículo 4º.El patrimonio del Departamento Juvenil se da de la siguiente

Manera:

1. Los aportes que en cada instancia juvenil se determine.

2. Las partidas que cada instancia de la Iglesia pudiera acordar.

3. Las asignaciones o aportes de las entidades públicas y privadas,

Nacionales o extranjeras.

4. Ofrendas, primicias, y otros constituidos en dinero.

5. bienes muebles e inmuebles, frutos, semovientes, legados que les hayasido entregados por la Iglesia para su administración

Artículo 5º.

El departamento juvenil , para el logrode sus fines y objetivos puede establecer relaciones con las diferentes instancias de la IEP y otras entidades públicas y /o privadas, nacionales y/o extranjeras, naturales y/o judiciales, siempre y cuando favorezcan al UNDEC y que no sean incompatibles con los fines de la Iglesia evangélica peruana

Articulo 6ºEl Domicilio del Departamento Juvenil es fijada en el ámbito decada Iglesia Local, Presbiteral, Sinodal y Nacional, Según corresponda a lasdiferentes instancias del Departamento.

TITULO II

ORGANIZACIÓN

 

Artículo 7º.El Departamento Juvenil, está constituido por los siguientes

Estructura orgánicaeclesial:

1. Sociedad de Esfuerzo Cristiano (SEC): a nivel de la Iglesia Local –Consistorio

2. Departamento Presbiteral de Esfuerzos Cristianos: (DEPEC) a nivel Presbiterial
3. Departamento Sinodal de Esfuerzos Cristianos: (DESEC) a nivel Sínodal

4. Departamento Nacional de Esfuerzos Cristianos: (DENEC) a nivel nacional Asamblea Nacional 


Artículo 8º.
La organización juvenil de las diferentes instancias que se

Encuentran en proceso de organización se les denomina:

 

1. Grupo Juvenil (GJ), en el ámbito de la Iglesia Local.

2. Junta Presbiterial de Esfuerzo Cristianos (JUPEC) a nivel Presbiterial.

3. Junta Sinodal de Esfuerzos Cristianos (JUSEC) a nivel Sinodal.

CAPITULO I

SOCIEDAD DE ESFUERZOS CRISTIANOS

 

Artículo 9º. DEFINICIÓN.-La Sociedad de Esfuerzo Cristiano, comoDepartamento Juvenil de la Iglesia Local, es una agrupación de jóvenes, miembrosEn plena comunión de cada congregación; organizados con el propósito deGlorificar a Dios con su diario vivir y en las diferentes esferas de su vida, sujetos aLa autoridad de su Consistorio y en materia del trabajo Juvenil que desarrolla se relacionaConla instancia inmediata superior  Está constituido por un mínimo de 10 jóvenes bautizados y en plena comunión.

 

Artículo 10º.Una Sociedad de Esfuerzo Cristiano, se desarrolla con elPropósito de alcanzar sus fines y objetivos establecidos en los artículos 1 y 2 delpresente reglamento y lo dispuesto por el Título Preliminar y el Art. 5 del estatutode la Iglesia Evangélica Peruana.

 

Artículo 11º  MIEMBROS.-Son miembros de la Sociedad de EsfuerzoCristiano los:

1. Jóvenes comprendidos entre los 15 y 25 años.

2. Bautizados y en plena comunión (participación en las diferentes actividades

de la IGLESIA, tomar la Santa Cena y cumplir con los diezmos y ofrendas

Según sea el caso)

3. LosQue además cumplen con lo prescrito en el Art. 3 del presente reglamento.

 

Artículo 12º. DERECHOS Y PRIVILEGIOS.-Son derechos y privilegios de los

Miembros, los siguientes:

 

1. Participar en las diferentes actividades organizados por la SEC.

2. Voz y voto en las asambleas y reuniones de trabajo de la SEC.

3. Elegir y ser elegidos para los diferentes cargos y responsabilidades en lasDiferentes instancias del Departamento Juvenil.

4. Acceso a los libros sociales y contables según correspondan y teniendo enCuenta las restricciones pertinentes.

5. Participar y apoyar todas las actividades de la SEC.

6. Tomar iniciativa frente al cumplimiento de la misión, buscando la unidad dela Iglesia y la Fidelidad a Cristo y su Reino.

7. Asistir y participar en todos los eventos que convoquen las instanciassuperiores juveniles.

8. Inscribirse en el registro de miembros de la SEC.

9. Hacer sugerencias y proponer conforme a los criterios Bíblicos, ideas yacciones para La buena marcha de la SEC y de la Iglesia.

10. Sentirse representado por la Junta Directiva.

 

Artículo 13º. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS.-SonDeberes y obligaciones:

1. Colaborar con su Departamento Juvenil con lealtad y responsabilidad.

2. Asistir con puntualidad a todas las reuniones y actividades del EsfuerzoCristiano.

3. Mantener una comunión personal con el Señor y con los hermanos de laIglesia.

4. Esforzarse en su Crecimiento Espiritual y el conocimiento de la Palabra deDios.

5. Todo Esforzador deberá dar prioridad a su Esfuerzo Cristiano en cuanto a su colaboración con otros organismos Para-eclesiásticos.

6.  Asistir puntualmente a las reuniones que se convoquen
7.Cumplir con su apoyo económico a través de las ofrendas y otros.

8. Respetar a las Autoridades elegidas de su SEC, así como a sus Ancianos,Pastores y demás autoridades Eclesiásticas.

9. Cumplir eficientemente con los cargos y responsabilidades que se les asigne, dando prioridad en su vida personal, mostrando una actitud de amor y servicio a los demás.

10. Mantener un testimonio ejemplar, cooperando responsablemente con la misión de la Iglesia en todo ámbito de su vida.

11. Firmar por convicción y mística El Voto del Esforzador.

12. Justificar sus inasistencias a la Junta Directiva en caso de ausencia por viaje, trabajo, estudios, compromisos u otros que se presentan.

13. Todos los demás deberás que las diferentes instancias dispongan.

 

Artículo 14º. ESTRUCTURA ORGANICA.-La Sociedad de Esfuerzo CristianoEstá organizado de la siguiente forma:

 

Órganos de Dirección:

1) La Asamblea Juvenil Local.

2) La Junta Directiva Local.

Órganos de Asesoramiento

1) Asesores Locales

2) Ancianos y /o Pastores

Órganos de Apoyo

1) Comisiones de Trabajo.

2) Sub-Departamentos:

 

Sociedad Esfuerzo Cristiano de Adolescentes (SECA)

Pre Sociedad Esfuerzo Cristiano de Intermedios (SECI)

Y Otros según sea el caso.

 

Artículo 15º. LA ASAMBLEA general de la Sociedad de EsfuerzoCristiano (SEC)es la autoridad máxima en el ámbito que le corresponde  y son ordinarios y extraordinarios, esta constituido por los miembros bautizados en plena comunión y por la junta directiva, quienes tienen voz y voto. Además pueden participar las autoridades de instancias superiores, otros invitados, asesores y simpatizantes. El quórum reglamentario se constituye por la mitadmás uno de los miembros bautizados y en plena comunión, registrados en el librode padrón.

 

a. Asamblea general Ordinaria:se realiza conforme a la planificado (por lo menos con tres meses de anticipación) se constituye en primera convocatoria con las dos terceras partes de los miembro es  en segunda convocatoria con la mitad mas uno de sus miembros en plena comunión y en registros actualizados, sus acuerdos toman por mayoría absoluta en lo que corresponde y por mayoría simple en casos permitidos, sus acuerdos lo toman por mayoría de los asistentes.

b. Asamblea Extraordinaria:se realiza de acuerdo a la urgencia y puedeSer convocada se convoca con una anticipación de 7 días. Se constituyeen primera convocatoria con las dos terceras partes de los miembros y enSegunda convocatoria con la mitad más uno. Sus acuerdos se toman conel voto por mayoría.


Artículo 16º.
La Asamblea Ordinaria de la SECtiene las siguientesAtribuciones y funciones:

1. Recibir, evaluar y aprobar la memoria anual del presidente, el mismo quedebe contener los informes de trabajo de fin de año, que a realizado la Junta Directiva,Delegados, Comisiones, etc.

2. Aprobar, ratificar o modificar los planes de trabajo que proponga la JuntaDirectiva, en base a los planes de trabajo de las instancias superiores.

3. Aprobar el Presupuesto y los informes económicos presentados por laJunta Directiva.

4. Formular propuestas de trabajo, pedidos y sugerencias al COPEC.

5. Elegir a los miembros de la Junta Directiva, comisiones de trabajo,responsables de SECA y Pre-SECI y los Delegados a COPEC.

6. Proponer a los Asesores al Consistorio.

7. Tomar decisiones respecto a la marcha de la SEC.

8. Evaluar y sustituir a los directivos que no cumplan con susresponsabilidades, en caso que fuera necesario sancionarlosadministrativamente, comunicando inmediatamente al Consistorio.

9. Autorizar las auditorias externas e internas.

10. Respetar y velar por el fiel compromiso participativo con las actividades yotros eventos que organizan las instancias juveniles.

11. Tratar todos los demás asuntos para la mejor y la buena marcha de laSEC.

Artículo 17º. La Asamblea General Extraordinaria se realiza de acuerdo a laurgencia y a las necesidades de la SEC y se constituye en primera convocatoriapor las dos terceras partes de los miembros y en segunda convocatoria la mitad de sus miembros en plena comunión y actualizados, peronunca por menos de dos terceras partes, sus acuerdos se toman por mayoría de los presentes. Para tratar los siguientes asuntos:

1. Todos los asuntos materia de la convocatoria.

2. Nombrar comisiones necesarias por su urgencia.

3. Reemplazar o sustituir a los miembros por causas justificadas.

4. Elegir a los miembros de la Junta Directiva, comisiones de trabajo,responsables de acuerdo a la necesidad y la realidad de las SEC y sus iglesias.

5. Complementar la junta directiva.

6. Otros asuntos que le sean encomendadas o dispuestas por las instanciassuperiores de la Iglesia y/o Departamento Juvenil.

Artículo 18º. LAS CONVOCATORIAS.- Las asambleas de la SEC sonconvocados por:

1. El Presidente de la SEC.

2. El vicepresidente de la SEC, por delegación ó por abandono de cargo delpresidente, ó a solicitud de dos directivos como mínimo.

3. La mitad mas uno de sus miembros de la SEC.

4. El Consistorio por acuerdo.

5. El COPEC por acuerdo pleno de su Directiva y autorización expresa delConsistorio.

 

Artículo 19º. LA JUNTA DIRECTIVA DE LA SEC, Es el Órgano operativo deldepartamento juvenil local responsable de la buena marcha de la SEC. Sonelegidos en asamblea ordinaria o extraordinaria según sea el caso y sus periodosduran dos años, sus cargos mínimos son:

1. Presidente.

2. Secretario

3. Tesorero

 

Artículo 20º.Opcionalmente se podrán incluir más cargos según la necesidady magnitud de las SEC, tales como:

1. Vice – Presidente

2. Pro – Secretaría

3. Pro – Tesorería

4. Otros según sea el caso

 

Artículo 21º.La junta directiva se reúne en forma ordinaria, conforme a sucronograma establecido y extraordinariamente de acuerdo a las necesidades. Susacuerdos los toman por mayoría simple y son asentados en libro de actas dejunta directiva debidamente legalizados por su Consistorio.

 

Artículo 22º. De los Delegados:

1. Cada SEC tienen derecho de nombrar a dos delegados ante el COPEC.

2. El presidente de la SEC es delegado oficial en calidad de representante legal de su SEC, puede delegar sus funciones al vicepresidente o a otros.

3. De entre los demás de los directivos miembros de la SEC se designara o se  delegara a otro delegado.

4. Todo (a) delegado (a) tiene la función de representar a su departamento juvenil.

5. Debe informar ante su Junta Directiva de las actividades y los acuerdostomados.

6. Asistir puntualmente a las sesiones de trabajo y / o Asambleas.

7. Llevar proposiciones de su representada y consultar ante las instancias superiores las mociones presentadas.

8. Asumir las responsabilidades que se le asignen en su condición dedelegado.

9. Informar en cada reunión y en la instancia que corresponde sobre elcumplimiento de sus funciones y tareas encomendadas.

 

Artículo 23º. La Junta Directiva de la SEC tiene las siguientes facultades yfunciones:

1. Velar por el cumplimiento de los fines iglesia.

2. Velar por el cumplimiento de los planes y programas.

3. Ejecutar los encargos de la asamblea.

4. Administrar los bienes y recursos de la SEC.

5. Atender las necesidades pastorales y educativas de los miembros yparticipantes de la SEC.

6. Estimular, coordinar y supervisar el trabajo de las comisiones y Sub-Departamentos.

7. Elaborar proyectos de Planes y presupuesto.

8. Involucrar a los Jóvenes en todas las actividades de la Iglesia local y delas instancias superiores.

9. Remitir los aportes económicos respectivos al COPEC.

10. Promover y estimular la participación de los Jóvenes en las actividadesque organiza la SEC, COPEC, COSEC y CONEC.

11. Proponer a los responsables de las comisiones de trabajo y de los sub departamentos.

12. autorizar las auditorías internas y externas.

 

Artículo 24º. El presidentetiene las siguientes funciones y atribuciones:

 

1. Representar a su SEC ante las demás instancias de la Iglesia en elDepartamento respectivo.

2. Convocar y presidir las asambleas y/o reuniones de trabajo de la juntadirectiva, comisiones, etc.

3. Velar por el cumplimiento de los fines Organizacionales.

4. Presentar la memoria anual del periodo a la asamblea de la SEC.

5. Tiene doble voto en caso de empate de votos.
6. Proponer en coordinación con el secretario(a) la agenda de la asamblea ydemás reuniones de trabajo.

7. Firmar los documentos oficiales, conjuntamente con el secretario otesorero en lo que corresponda y según sea el caso.

8. Cumplir con las demás atribuciones propias de su función y lasencomendadas por las instancias superiores de la Iglesia y elDepartamento Juvenil.

 

Artículo 25º. El Vice–Presidentetiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Reemplazar al presidente en caso de ausencia justificada, por delegaciónu otra facultad concedida por las instancias superiores de la Iglesia, conlas mismas atribuciones y funciones del presidente.

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

 

Artículo 26º. Secretario(a)tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Redactar las actas de las asambleas y reuniones de trabajo, teniendo encuenta los requisitos mínimos de toda acta y la fidelidad de su contenido.

2. Redactar y remitir la correspondencia oficial de su departamento, y la quefirmara conjuntamente con el presidente.

3. Mantener al tanto al presidente sobre los acuerdos y/o los puntospendientes de la asamblea y reuniones de trabajo.

4. Comunicar expresa y oportunamente a quien corresponda, de losacuerdos y mandatos de las diferentes instancias de la SEC y/o la Iglesia.

5. Organizar y mantener en orden y al día los documentos y archivos.

6. Mantener al día los padrones o registro de miembros, directorios y losdemás registros según corresponda.

7. Cumplir con las demás funciones de su cargo.

 

Artículo 27º. El Pro Secretariotiene las siguientes funciones yatribuciones:

 

1. Reemplazar al Secretario en caso de ausencia justificada, por delegaciónu otra facultad concedida por las instancias superiores de la Iglesia, con Las mismas atribuciones y funciones del Secretario.

2. Apoyar la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

 

Artículo 28º. Tesorerotiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Administrar los recursos económicos y financieros bajo responsabilidad(ingresos y egresos).

2. Permitir Efectuar arqueos mensuales y presentar balances semestrales ymantener al día el libro de caja.

3. Controlar que todo gasto cuente con el comprobante de pago, autorizaciones y vizaciones correspondientes, los mismo que deben ser registrados en el libro respectivo.

4. Preparar el anteproyecto del presupuesto de ingresos y gastos, en coordinación con los demás miembros de la directiva para su respectiva aprobación.

5. Presentar los estados de cuenta a solicitud de la junta directiva en forma periódica, detallada, documentada y preparar el balance general anualmente.

6. gestionar la posibilidad de financiamiento para cubrir el presupuesto.

7. Cumplir con las demás funciones propias de su cargo.

 

Artículo 29º. Pro Tesorero(a).- tiene las siguientesfunciones y atribuciones:

1. Reemplazar al Tesorero(a) en caso de ausencia justificada pordelegación u otra facultad concedida por las instancias superiores de laIglesia, con las mismas atribuciones y funciones del Tesorero(a).

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

 

Artículo 30º. Vocales.- tiene las siguientes funciones yatribuciones:

1. Reemplazar al Secretario y/o al Tesorero(a) en caso de ausenciajustificada por delegación u otra facultad concedida por las instanciassuperiores de la Iglesia, con las mismas atribuciones y funciones delcargo.

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las instancias superiores de la Iglesia en lo que corresponda ala labor juvenil.

 

B.- ORGANOS DE ASESORAMIENTO

 

Artículo 31º. Los asesores son personas identificadas con la labor juvenildesignadas por el consistorio a solicitud de la SEC.

Artículo 32º.Los ancianos y pastores de la Iglesia son asesores ex oficio.

 

C. ORGANOS DE APOYO

Artículo 33º.La SEC, esta constituido por comisiones de trabajo para atender sus necesidades según sus realidades y cumplir con sus fines.

 

Artículo 34º.la SEC, en coordinación con el Consistorio y el Departamento deEducación Teológica de la Iglesia local, desarrollarán proyectos de trabajo deDiscipulado con Adolescentes e intermedios que oscilan entre 12 a 14 años.También se podrán reunir grupos de Jóvenes mayores de 30 años.

 

GRUPOS JUVENILES

 

Artículo 35º.La agrupación de Jóvenes que no reuniera la cantidad mínimapara ser considerados SEC, se constituye de manera provisional en Grupo Juvenil.(Según Art. 9)

 

Artículo 36º.Los fines del grupo Juvenil, en lo posible serán los mismos que elde la SEC y su organización será según su realidad y bajo la responsabilidad delConsistorio, y / o Iglesia Local.

Artículo 37º. Los Grupos Juveniles tendrán el derecho de ser representadosen el COPEC, con 01 delegado, teniendo solamente voz y sin voto en lasasambleas.

CAPITULO II

DEPARTAMENTO

PRESBITERIAL DE ESFUERZOS CRISTIANOS

 

DEFINICIÓN, CONFORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN

 

Artículo 38º.El Departamento Presbiteral de Esfuerzos Cristianos es la instancia que integra a todos los jóvenes organizados en sociedades de esfuerzos cristianos en la diferente iglesia local en el ámbito y jurisdicción de un presbiterio

Artículo 39º. Propósito: Se desarrolla con el propósito de alcanzar sus fines yobjetivos establecidos en los artículos 1 y 2 del presente reglamento y todo lo dispuestopor el Titulo Preliminar y el Art. 5 del estatuto de la Iglesia Evangélica Peruana.

 

Artículo 40º.Departamento Presbiterial de Esfuerzos Cristianos, estaconformado con un mínimo de 05 SECs, sus finalidades son similares al delCONEC, pero solamente a nivel Presbiterial. (Art. 1° y 2° del presente estatuto).

 

Artículo 41º. Este departamento juveniltiene la siguiente organización:

 

1. Órganos de Dirección:

a. La Asamblea Juvenil Presbiterial

b. Consejo Presbiterial de Esfuerzos Cristianos

 

2. Órganos de Asesoramiento:

a. Los Asesores Presbiteriales

b. Los Obreros Presbiteriales

3. Órganos de Apoyo:

a. Las Comisiones

b. Los Sub-Departamentos.

 

LA ASAMBLEA DE DEPEC

 

Artículo 42º.La Asamblea Juvenil Presbiterial es la autoridad máxima de estainstancia en el Departamento juvenil, se constituye el quórum con los delegados oficiales delas SECs quienes tienen voz y voto y también participan solamente con voz los miembros del COPEC,  Grupos Juveniles de su jurisdicción debidamente acreditados, asesores, autoridades de las diferentes instancias superiores de la IEP. Y otros según sea el caso. Se reunirá ordinariamente cada 6 meses y extraordinariamente cada vez que sea necesario. CadaSEC tiene derecho a ser representado por 02 delegados oficiales y los GruposJuveniles con un delegado fraternal. Los delegados de las SEC’s tienen derecho avoz y voto. Los delegados de los Grupos Juveniles tienen derecho solo a voz.

 

Artículo 43º.La Asamblea del DEPEC, se reunirá ordinariamente cada seismeses y extraordinariamente cada vez que fuere necesario. Será convocado por:

1. El Presidente del COPEC.

2. El vicepresidente del COPEC, por delegación, a solicitud del 50% masuno de los directivos como mínimo, siempre y cuando el presidente noconvoque oportunamente o a solicitud de no menos del 50% del COPEC, cuando no hay convocado oportunamente el presidente.

3. El Consejo Ejecutivo Presbiterial por acuerdo.

4. El COSEC o CONEC por acuerdo de su Directiva y autorización expresa

del Consejo Ejecutivo Presbiterial.

 

Artículo 44º. La Asamblea Ordinaria del DEPEC.- se constituye por lapresencia del no menos del 50% de los delegados de las SECs debidamenteacreditados; con derecho a voz y voto. Participan en la Asamblea con voz y sinvoto: Los Asesores, Obreros, Directivos Cesantes del último periodo;representantes de sus Comisiones, representantes del Presbiterio y representantesde COSEC y/o CONEC, y los delegados fraternos. Los acuerdos se toman por mayoría de los presentes.

 

Artículo 45º.La Asamblea Juvenil ordinaria de DEPEC, tiene las siguientesatribuciones y facultades:

1. Recibir, evaluar y aprobar la memoria anual del presidente, el mismoque debe contener los informes de trabajo de fin de año de la Directivadel COPEC, SEC’s y G.J. que correspondan a su presbiterio.

2. Elaborar y aprobar el Plan de Trabajo Juvenil a nivel Presbiterial, elcalendario de actividades y el Presupuesto Económico, todo en base alPlan de Trabajo Nacional.

3. Formular propuestas de trabajo y sugerencias.

4. Elegir a los miembros del Consejo Presbiterial de Esfuerzos Cristianos,responsables de comisiones y otros.

5. Proponer asesores y obreros ante el Presbiterio, para el trabajo juvenil.

6. Tomar decisiones sobre todo asunto que le confiere este Reglamento yotros que sean con relación a la Obra Juvenil.

 

Artículo 46º.La asamblea Juvenil extraordinaria, se reúne cuando lascircunstancias lo requieran o cuando haya asuntos de emergencia a tratar. Elquórum en primera convocatoria es no menos del 50% de las SECs de suámbito, y sus acuerdos son por mayoría de los que asisten. En segundaconvocatoria con no menos del 40% de las SECs; en este caso sus acuerdos sonpor mayoría absoluta. Tiene las siguientes atribuciones:

1. Tomar decisiones que concierne a la obra juvenil.

2. Elegir a los miembros de la Junta Directiva, responsables de comisiones yotros.

3. Complementar la Junta Directiva

4. Resolver asuntos materia de la convocatoria.

5. Otras asuntos no previstos para la asamblea general ordinaria

 


CONSEJO PRESBITERIAL

DE

ESFUERZOS CRISTIANOS

 

Artículo 47º.Consejo Presbiterial de Esfuerzos Cristianos (COPEC), es elórgano operativo del departamento Juvenil a nivel de la jurisdicción y el ámbito deun Presbiterio; está compuesta por un máximo de 07 y un mínimo de 05 miembrosque ocuparan los siguientes cargos:

1. Presidencia

2. Vicepresidencia

3. Secretaría

4. Pro-secretaría

5. Tesorería

6. Pro-Tesorería

7. Vocalía

 

Artículo 48º.Los cargos directivos tendrán una duración de dos años. Unmiembro puede ser elegido hasta por un máximo de 02 periodos consecutivos enun mismo cargo.

 

Artículo 49º.Consejo Presbiterial de Esfuerzos Cristianos tiene lasatribuciones y facultades de del CONEC en lo que corresponde, pero dentro de laJurisdicción y en el ámbito Presbiterial y son:

1. Cumplir y hacer cumplir los fines y/o objetivos del departamento Juvenil enlo que le corresponde.

2. Velar por el cumplimiento de los planes y programas.

3. Ejecutar los encargos de la Asamblea.

4. Administrar los bienes y recursos del DEPEC.

5. Atender las necesidades pastorales y educativas de las SEC’s y de losGrupos Juveniles en estricta coordinación con su iglesia local.

6. Estimular, coordinar y supervisar el trabajo de las comisiones.

7. Elaborar planes, proyectos y sus respectivos presupuestos del DEPEC.

8. Cumplir con sus obligaciones y/o deberes ante las instancias superiores,tales como: responsabilidades de aportes económicos, funcionesencomendadas y otros.

9. Organizar comisiones de trabajo y otros para el cumplimiento de losplanes establecidos y encargos de la Asamblea.

10. Recomendar a la Asamblea asesores, obreros, responsables de lascomisiones y otros.

11. Visitar a las SEC’s y Grupos Juveniles.

12. Decidir la Sustitución de los Directivos que no cumplan sus funciones yponer a conocimiento de la asamblea.

13. Cumplir con sus obligaciones y/o deberes dentro de su SEC.

14. Cumplir con las demás funciones inherentes a sus cargos y por mandato

de las instancias superiores


Artículo 50º. El Presidente
del COPEC tiene las siguientes funciones yatribuciones:

1. Representar al DEPEC y al COPEC ante todas las instancias einstituciones de la Iglesia y sociedad.

2. Convocar y presidir las asambleas y/o reuniones de trabajo.

3. Velar por el cumplimiento de los fines Organizacionales.

4. Presentar la memoria anual a la asamblea del COPEC.

5. Tiene voto dirimente en caso de empate de votos en reuniones de la juntadirectiva.

6. Preparar en coordinación con el secretario(a) la agenda de las asambleasy demás reuniones de trabajo.

7. Firmar los documentos oficiales, conjuntamente con el secretario otesorero en lo que corresponda y según sea el caso.

8. Cumplir con las demás atribuciones propias de su función y lasencomendadas por las instancias superiores de la Iglesia y elDepartamento Juvenil.


Artículo 51º. El Vice–Presidente
tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Reemplazar al presidente en caso de ausencia justificada, por delegaciónu otra facultad concedida por las instancias superiores de la Iglesia, conlas mismas atribuciones y funciones del presidente.

2. Apoyar la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.


Artículo 52º. Secretario(a)
tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Redactar las actas de las asambleas y reuniones de trabajo, teniendo encuenta los requisitos mínimos de toda acta y la fidelidad de su contenido.

2. Redactar y remitir la correspondencia oficial de su departamento, y la quefirmara conjuntamente con el presidente en lo que corresponda.

3. Mantener al tanto al presidente sobre los acuerdos y/o los puntospendientes de la asamblea y reuniones de trabajo.

4. Comunicar oportunamente a quien corresponda, de los acuerdos ymandatos de las diferentes instancias de la SEC y/o la Iglesia.

5. Organizar y mantener en orden y al día los documentos y archivos.

6. Mantener al día los padrones o registro de miembros, directorios y losdemás registros según corresponda.

7. Cumplir con las demás funciones de su cargo.

 

Artículo 53º. Pro Secretario(a).-tiene las siguientesfunciones y atribuciones:

1. Reemplazar al secretario(a) en caso de ausencia justificada pordelegación u otra facultad concedida por las instancias superiores de laIglesia, con las mismas atribuciones y funciones del secretario(a).

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.


Artículo 54º. Tesorero(a)
tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Administrar los recursos económicos y financieros bajo responsabilidad(ingresos y egresos).

2. Permitir Efectuar arqueos mensuales y presentar balances semestrales ymantener al día el libro de caja.

3. Controlar que todo ingreso este se haga efectivo con su recibo y todogasto este autorizado, visado por el presidente y cuente con elcomprobante de pago y sean registrados en el libro respectivo segúnnormas sobre la materia.

4. Presentar los estados de cuenta a solicitud de la junta directiva en formaperiódica, detallada, documentada y preparar el balance generalanualmente.

5. Preparar el anteproyecto del presupuesto de ingresos y gastos, encoordinación con los demás miembros de la directiva para su respectivaaprobación.

6. Buscar la posibilidad de financiamiento para cubrir el presupuesto ypresentar a la junta directiva.

7. Cumplir con las demás funciones propias de su cargo.


Artículo 55º. Pro Tesorero(a).-
tiene las siguientesfunciones y atribuciones:

1. Reemplazar al Tesorero(a) en caso de ausencia justificada pordelegación u otra facultad concedida por las instancias superiores de laIglesia, con las mismas atribuciones y funciones del Tesorero(a).

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

 

Artículo 56º. Vocales).-tiene las siguientes funciones yatribuciones:

1. Reemplazar al Secretario y/o al Tesorero(a) en caso de ausenciajustificada por delegación u otra facultad concedida por las instanciassuperiores de la Iglesia, con las mismas atribuciones y funciones delcargo.

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las instancias superiores de la Iglesia en lo que corresponda ala labor juvenil.

 

Artículo 57º. De los Delegados:

1. Cada DEPEC tienen derecho de nombrar a dos delegados ante el DESECy el DENEC

2. El presidente del COPEC es delegado ipso jure, es decir, es delegadoobligatorio, aunque puede ceder su derecho a otro miembro de la directivasi no pudiera asistir.

3. De entre los demás delegados se nombrará al otro delegado faltante.

4. Tiene la función de representar a su departamento juvenil.

5. Informar ante su Junta Directiva del departamento Juvenil que representade las actividades y los acuerdos tomados.

6. Asistir puntualmente a las sesiones de trabajo y / o Asambleas.

7. Llevar proposiciones de su representada y consultar ante las instanciassuperiores las mociones presentadas.

8. Asumir las responsabilidades que se le asignen en su condición dedelegado.

9. Informar en cada reunión y en la instancia que corresponde sobre elcumplimiento de sus funciones y tareas encomendadas.

 

B.- ORGANOS DE ASESORAMIENTO

 

Artículo 58º.Los asesores son personas identificadas con la labor juvenil,ratificadas por el Presbiterio a propuesta y solicitud de la junta directiva delCOPEC, y tienen las siguientes funciones:

1. Opinar y orientar acerca de los aspectos más importantes y / ocontroversiales de la Obra Juvenil.

2. Participar de las sesiones de trabajo, asambleas y actividades,acompañando pastoralmente a la Directiva.

3. Promover un ambiente de cooperación, fraternidad y solidaridad entre loslíderes.

4. Estimular a los líderes en todas las instancias del departamento juvenil al cumplimiento de sus responsabilidades buscando que apoyarles en susnecesidades.

5. Asesorar en cuanto a los contenidos y temas de las publicaciones si estefuera el caso.

 

Artículo 59º. Los obreros son propuestos por el COPEC con conocimiento de la Asamblea Juvenil Presbiterial.

Artículo 60º. Los obreros se encargan de trabajar en el campo, acompañandoo trayendo temas a las SEC’s que necesiten apoyo y otras labores para la buenamarcha del Departamento Juvenil.

Artículo 61º.Tanto los asesores como los obreros deben ser hermanosmaduros en la fe, de buen testimonio y responsabilidad, con dones pastorales yempatía con la juventud.

Artículo 62º. La cantidad de asesores y obreros será de uno como mínimo.

Artículo 63º. Los ancianos y pastores de la Iglesia son asesores ex oficio.

 

C. ORGANOS DE APOYO

 

Artículo 64º. Comisiones: Las comisiones son órganos de apoyo designadosen asamblea a fin de alcanzar y/o cumplir sus Objetivos conforme al reglamento yplanes de trabajo.

 

JUNTAS PRESBITERIALES

 DE

 ESFUERZO CRISTIANO(JUPEC)

 

Artículo 65º.La agrupación de las SECs a nivel Presbiterial que no reuniera lacantidad mínima (5) SECs, para ser considerados COPEC, se constituirá demanera provisional en Junta Presbiterial de Esfuerzo Cristiano (JUPEC).

 

Artículo 66º.Los Fines de la Junta Presbiterial JUPEC serán los mismos delArt. 1° y 2°, y su organización es similar al del COPEC según su realidad y bajoresponsabilidad del presbiterio y/o COSEC.

 

CAPITULO III

DEPARTAMENTO SINODAL DE ESFUERZOS CRISTIANOS

DEFINICIÓN, CONFORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN

 

Artículo 67º.El Departamento Sinodal de Esfuerzos Cristianos (DESEC), es elente Juvenil a nivel Sinodal, que integra a todo los DEPEC y JUPEC de lajurisdicción y competencia de un Sínodo, en caso justificados puede abarcar amas de un Sínodo, esta conformado con un mínimo de 05 DEPECs.

Artículo 68º. Un Departamento Sinodal de Esfuerzos Cristianos (DESEC), sedesarrolla con el propósito de alcanzar los fines y objetivos establecidos en losartículos 1 y 2 del presente reglamento y lo dispuesto por el Titulo Preliminar y elArt. 5 del estatuto de la Iglesia Evangélica Peruana en lo que corresponda.

Artículo 69º.El DESEC tiene la siguiente Estructura orgánica:

1. Órganos de Dirección:

a. La Asamblea Juvenil Sinodal

b. El Consejo Sinodal de Esfuerzo Cristianos (COSEC)

2. Órganos de Asesoramiento:

a. Los Asesores Sinodales

b. Los Obreros Sinodales

3. Órganos de Apoyo:

Las Comisiones

 

A.- ÓRGANOS DE DIRECCION

 

Artículo 70º. La Asamblea Juvenil Sinodal es la autoridad máxima de estainstancia en el Departamento juvenil. Se constituye por los delegados oficiales delos COPECs, y de las JUPECs de su jurisdicción debidamente acreditados. CadaCOPEC tiene derecho a ser representado por 02 delegados oficiales y los JUPECscon un delegado. Los delegados de las COPEC’s y JUPECs tienen derecho a voz yvoto. Sin que ello afecte a lo dispuesto en las instancias inferiores.

Artículo 71º. La Asamblea Juvenil Sinodal, se reunirá ordinariamente cadaseis meses y extraordinariamente cada vez que fuere necesario. Será convocadopor:

1. El Presidente del COSEC.

2. El vicepresidente del COSEC, por delegación, a solicitud del 50% masuno de los directivos como mínimo, siempre y cuando el presidente noconvoque oportunamente.

3. A solicitud de más del 50% de las COPEC’s y JUPECs.25%

4. El Consejo Ejecutivo Sinodal por acuerdo.
5. El CONEC por acuerdo de su Directiva y autorización expresa delConsejo Ejecutivo Sinodal.

 

Artículo 72º. La Asamblea Ordinaria del DESEC.- se constituye por lapresencia del no menos del 50% de los delegados de los COPEC’s. Sin que altereen el quórum la asistencia de los delegados de las JUPECs. Debidamenteacreditados; con derecho a voz y voto. Participan en la Asamblea con voz y sinvoto: Los Asesores, Obreros, Directivos Cesantes del último periodo;representantes de sus Comisiones, representantes del Presbiterio y representantesdel CONEC.

Artículo 73º. La Asamblea ordinaria de DESEC, tiene las siguientes Atribuciones y facultades:

1. Recibir, evaluar y aprobar los informes de trabajo de la Directivasaliente del COSEC, COPEC’s y JUPECs que correspondan a suSínodo.

2. Elaborar y aprobar el Plan de Trabajo Juvenil a nivel Sinodal, elcalendario de actividades y el Presupuesto Económico, todo sobre labase del Plan de Trabajo Nacional.

3. Formular propuestas de trabajo y sugerencias.

4. Elegir a los miembros de la Junta Directiva, responsables de comisionesy otros.

5. Proponer asesores y obreros ante el Sínodo, para el trabajo juvenil.

6. Tomar decisiones sobre todo asunto que le confiere este Reglamento yotros que sean con relación a la Obra Juvenil.

Artículo 74º. La asamblea extraordinaria, se reúne cuando lascircunstancias lo requieran o cuando haya asuntos de emergencia a tratar. Elquórum en primera convocatoria es no menos del 50% de las COPEC’s de suámbito, y sus acuerdos son por mayoría de los que asisten. En segundaconvocatoria con no menos del 40% de las COPEC’s; en este caso sus acuerdosson por mayoría absoluta. Tiene las siguientes atribuciones:


1.
Tomar decisiones que conciernen a la obra juvenil.

2. Elegir a los miembros de la Junta Directiva, responsables de comisiones

y otros.

3. Complementar la Junta Directiva

4. Resolver asuntos materia de la convocatoria.

5. Otros asuntos no previstos por la asamblea general ordinaria

 

CONSEJO SINODAL

DE

ESFUERZOS CRISTIANOS (COSEC),

 

Artículo 75º. El Consejo Sinodal de Esfuerzos Cristianos (COSEC), es elórgano operativo del departamento Juvenil en el ámbito de la jurisdicción y elámbito de un Sínodo. Está compuesta por un máximo de 07 y un mínimo de 05miembros que ocuparan los siguientes cargos:

1. Presidencia

2. Vicepresidencia

3. Secretaría

4. Pro-secretaría

5. Tesorería

6. Pro-Tesorería

7. Vocalía

 

Artículo 76º. De los Delegados:

1. Cada DESEC tienen derecho de nombrar a dos delegados ante elDENEC.

2. El presidente del COSEC es delegado ipso jure, es decir, es delegadoobligatorio, aunque puede ceder su derecho a otro miembro de ladirectiva si no pudiera asistir.

3. De entre los demás delegados se nombrará al otro delegado faltante.

4. Tiene la función de representar a su departamento juvenil.

5. Informar ante su Junta Directiva del departamento Juvenil querepresenta de las actividades y los acuerdos tomados.

6. Asistir puntualmente a las sesiones de trabajo y / o Asambleas.

7. Llevar proposiciones de su representada y consultar ante las instanciassuperiores las mociones presentadas.

8. Asumir las responsabilidades que se le asignen en su condición dedelegado.

9. Informar en cada reunión y en la instancia que corresponde sobre elcumplimiento de sus funciones y tareas encomendadas.

Artículo 77º. Los cargos directivos tendrán una duración de dos años. Unmiembro puede ser elegido hasta por un máximo de 02 periodos consecutivos enun mismo cargo.

Artículo 78º. Atribuciones y Facultades de la Asamblea del DESEC:

Tiene las mismas atribuciones y facultades que el DENEC en lo que corresponde, pero dentro de la Jurisdicción y en el ámbito Sinodal y son:

 

1. Cumplir y hacer cumplir los fines y/o objetivos del departamento Juvenilen lo que le corresponde. (según Art. 1 y 2.)

2. Velar por el cumplimiento de los planes y programas.

3. Administrar los bienes y recursos del COSEC.

4. Atender las necesidades pastorales y educativas de las COPEC’syJUPECs en estricta coordinación con su iglesia local en cuanto seaposible.

5. Estimular, coordinar y supervisar el trabajo de las comisiones.

6. Elaborar planes, proyectos y sus respectivos presupuestos del COSEC.

7. Cumplir con sus obligaciones y/o deberes ante las instanciassuperiores.

8. Coordinar la labor y las actividades de los COPECs y las JUPECsdentro de su ámbito.

9. Organizar comisiones de trabajo y otros para el cumplimiento de losplanes establecidos y ejecutar los encargos de la Asamblea.

10. Recomendar a la Asamblea asesores, obreros, responsables de lascomisiones y otros, si esto fuera el caso.

11. Decidir la Sustitución de los Directivos que no cumplan sus funciones yponer a conocimiento de la asamblea.

12. Cumplir con las demás funciones inherentes a sus cargos y pormandato de las instancias superiores.

 

Artículo 79º. El Presidente de COSEC tiene las siguientes funciones yatribuciones:

1. Representar al DESEC y al COSEC, ante todas las instancias einstituciones de la Iglesia y sociedad.

2. Convocar y presidir las asambleas y/o reuniones de trabajo.

3. Velar por el cumplimiento de los fines Organizacionales.

4. Presentar la memoria anual a la asamblea de COSEC.

5. Tiene voto dirimente en caso de empate de votos en reuniones de lajunta directiva.

6. Preparar en coordinación con el secretario(a) la agenda de lasasambleas y demás reuniones de trabajo.

7. Firmar los documentos oficiales, conjuntamente con el secretario otesorero en lo que corresponda y según sea el caso.

8. Cumplir con las demás atribuciones propias de su función y lasencomendadas por las instancias superiores de la Iglesia y elDepartamento Juvenil.

 

Artículo 80º. El Vice–Presidente tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Reemplazar al presidente en caso de ausencia justificada, pordelegación u otra facultad concedida por las instancias superiores de laIglesia, con las mismas atribuciones y funciones del presidente.

2. Apoyar la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea,junta directiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

 

Artículo 81º. Secretario(a) tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Redactar las actas de las asambleas y reuniones de trabajo, teniendo encuenta los requisitos mínimos de toda acta y la fidelidad de su contenido.

2. Redactar y remitir la correspondencia oficial de su departamento, y la quefirmara conjuntamente con el presidente en lo que corresponda.

3. Mantener al tanto al presidente sobre los acuerdos y/o los puntospendientes de la asamblea y reuniones de trabajo.

4. Comunicar oportunamente a quien corresponda, de los acuerdos ymandatos de las diferentes instancias de la Iglesia.

5. Organizar y mantener en orden y al día los documentos y archivos.

6. Mantener al día los padrones o registro de miembros, directorios y losdemás registros según corresponda.

5. Cumplir con las demás funciones de su cargo.

 

Artículo 82º. Pro Secretario(a) (en cuanto Exista) tiene las siguientesfunciones y atribuciones:

1. Reemplazar al secretario(a) en caso de ausencia justificada pordelegación u otra facultad concedida por las instancias superiores de laIglesia, con las mismas atribuciones y funciones del secretario(a.

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

 

Artículo 83º. Tesorero(a) tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Administrar los recursos económicos y financieros bajo responsabilidad(ingresos y egresos.)

2. Presentar balances semestrales y mantener al día el libro de caja.

3. Controlar que todo ingreso este se haga efectivo con su recibo y todogasto este autorizado, visado por el presidente y cuente con elcomprobante de pago y sean registrados en el libro respectivo segúnnormas sobre la materia.

4. Presentar los estados de cuenta a solicitud de la junta directiva en formaperiódica, detallada, documentada y preparar el balance generalanualmente.

5. Preparar el anteproyecto del presupuesto de ingresos y gastos, encoordinación con los demás miembros de la directiva para su respectivaaprobación.

6. Buscar la posibilidad de financiamiento para cubrir el presupuesto ypresentar a la junta directiva.

7. Facilitar que se realice el arqueo de caja, a solicitud de su Directiva y/oInstancias Superiores de la Iglesia.

8. Cumplir con las demás funciones propias de su cargo.

 

Artículo 84º. Pro Tesorero(a) (en cuanto Exista) tiene las siguientes

funciones y atribuciones:

1. Reemplazar al Tesorero(a) en caso de ausencia justificada pordelegación u otra facultad concedida por las instancias superiores de laIglesia, con las mismas atribuciones y funciones del Tesorero(a.

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

Artículo 85º. Vocales(En cuanto exista) tiene las siguientes funciones yatribuciones:

1. Reemplazar al Secretario y/o al Tesorero(a) en caso de ausenciajustificada por delegación u otra facultad concedida por las instanciassuperiores de la Iglesia, con las mismas atribuciones y funciones delcargo.

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las instancias superiores de la Iglesia en lo que corresponda ala labor juvenil.

B.- ORGANOS DE ASESORAMIENTO

Artículo 86º.Los asesores son personas identificadas con la labor juvenil,ratificadas por el Sínodo a propuesta y solicitud del COSEC, y tienen las siguientesfunciones:

1. Opinar, orientar y sugerir acerca de los aspectos más importantes y / ocontroversiales de la Obra Juvenil.

2. Participar de las sesiones de trabajo, asambleas y actividadesacompañando pastoralmente a la Junta Directiva.

3. Promover un ambiente de cooperación, fraternidad y solidaridad entre loslíderes.

4. Estimular a los líderes en todas las instancias del departamento juvenil al cumplimiento de sus responsabilidades buscando que apoyarles en susnecesidades.

5. Asesorar en cuanto a los contenidos y temas de las publicaciones si estefuera el caso.

Artículo 87º.Los obreros en cuanto se requiriera y existiera la posibilidad, sonpropuestos por la junta directiva con conocimiento de la Asamblea General deCOSEC.

 

C. ORGANOS DE APOYO

Artículo 88º. Comisiones: Las comisiones son órganos de apoyo designadosen asamblea a fin de alcanzar y/o cumplir sus Objetivos conforme al reglamento yplanes.

 

JUNTAS SINODALES

DE

ESFUERZO CRISTIANO (JUSEC)

 

Artículo 89º. Se constituirá de manera provisional en Junta Sinodal deEsfuerzo Cristiano (JUSEC) La agrupación de las COPEC’s a nivel Sinodal que noreuniera la cantidad mínima (5) COPEC’s, para ser considerados COSEC. Sujeto auna evaluación al concluir el periodo de gestión.

Artículo 90º. Los Fines de la Junta Sinodal JUSEC serán los mismos del Art.1° y 2° del presente reglamento y lo dispuesto por el Titulo Preliminar y el Art. 5 delestatuto de la Iglesia Evangélica Peruana. Su organización es similar al del COSECsegún su realidad y bajo responsabilidad del Sínodo y/o CONEC.

 

CAPÍTULO IV

DEPARTAMENTO NACIONAL DE ESFUERZOS CRISTIANOS

DEFINICIÓN, CONFORMACIÓN Y ORGANIZACIÓN

 

Artículo 91º.El Departamento Nacional de Esfuerzos Cristianos (DENEC) esel Departamento Juvenil Nacional de la Iglesia Evangélica Peruana, con ámbito yjurisdicción en lo que compete a nivel nacional.

Artículo 92º. El DENEC se conforma por los delegados de los COSEC’s, ydelegados de los COPEC’s, y/o las JUSECs y JUPECs en las jurisdicciones dondeno exista COSECs. Cada COSEC y COPEC será representado por dos delegadosy las JUSECs y JUPECs, sólo por uno, todos con derecho a voz y voto.

Artículo 93º. Este Departamento Juvenil tiene la siguiente estructura Orgánica:

 

1. ÓRGANOS DE DIRECCIÓN

a. Asamblea General del CONEC.

b. Junta Directiva

2. ÓRGANOS DE ASESORES

a. Asesores Nacionales

b. Obreros Nacionales

3. ÓRGANOS DE APOYO

Comisión Revisora Y Electoral

a. Comisión de Educación Cristiana

b. Comisión de Evangelización y Discipulado.

c. Comisión de Servicio y comunicación.

d. Otras comisiones.

 

A.- ÓRGANOS DE DIRECCIÓN

Artículo 94º. La Asamblea Nacional Juvenil es la autoridad máxima a nivelnacional en el Departamento Juvenil. Se constituye por los delegados oficiales delos COSECs, COPECs, y de las JUSECs, JUPECs a nivel nacional debidamenteacreditados. Cada COSEC y COPEC tiene derecho a ser representado por 02delegados oficiales y los JUSECsyJUPECs con un delegado.

Artículo 95º. La Asamblea Nacional Juvenil, se reunirá ordinariamente cada

dos año y extraordinariamente cada vez que fuere necesario. Será convocado por:

1. Presidente del CONEC.

2. vicepresidente del CONEC., por delegación, a solicitud del 50% mas unode los directivos como mínimo, siempre y cuando el presidente noconvoque oportunamente.

3. A solicitud de más del 50% de las COSEC, COPEC’s.

4. El Consejo Ejecutivo Nacional por acuerdo de sus miembros.

Artículo 96º. De la La Asamblea Ordinaria.-

1. Se constituye en primera convocatoria con no menos de las dos terceraspartes de los delegados debidamente acreditados de los COSECs y/oCOPECs, JUSECs y JUPECs según sea el caso.

2. En segunda Convocatoria constituye con la representación de la mitadde los delegados debidamente acreditados de los COSECs y/oCOPECs, JUSECs y JUPECs según sea el caso.

3. Sus acuerdos se llevan por mayoría simple y otros según lo disponga elpresente reglamento.

4. Participan en la Asamblea con voz y sin voto: Los Asesores, Obreros,Directivos Cesantes del último periodo; representantes de susComisiones y representantes de CEN.

 

Artículo 97º.Atribuciones y funciones de la Asamblea Nacional Juvenil:

1. Recibir, evaluar y aprobar los informes de trabajo de la Directiva salientede del CONEC, COSECs, COPEC’s y JUSECs, JUPECs.

2. Elaborar y aprobar el Plan de Trabajo Juvenil, el calendario de actividadesy el Presupuesto Económico, a nivel nacional.

3. Formular propuestas de trabajo y sugerencias ante instancias superiores.

4. Elegir a los miembros de la Junta Directiva, responsables de comisiones yotros.

5. Proponer asesores y obreros para que sean ratificados ante el CEN, parael trabajo juvenil.

6. Autorizar auditorias internas y externas.

7. Tomar decisiones sobre todo asunto que le confiere este Reglamento yotros que sean con relación a la Obra Juvenil a nivel nacional de acuerdoa la realidad y las necesidades.

 

Artículo 98º. La Asamblea General Extraordinaria

1. Se constituye en primera convocatoria con no menos de las dos terceraspartes de los delegados debidamente acreditados de los COSECs y/oCOPECs, JUSECs y JUPECs según sea el caso.

2. En segunda Convocatoria constituye con la representación de la mitad delos delegados debidamente acreditados de los COSECs y/o COPECs,JUSECs y JUPECs según sea el caso.

3. Sus acuerdos se llevan por mayoría simple y otros según lo disponga elpresente reglamento.

4. Tiene las siguientes atribuciones y funciones:

a. Tomar decisiones que conciernen a la obra juvenil.

b. Elegir a los miembros de la Junta Directiva, responsables decomisiones y otros.

c. Complementar la Junta Directiva

d. Resolver asuntos materia de la convocatoria.

e. Otros asuntos no previstos por la asamblea general ordinaria

 

DEL
 CONSEJO NACIONAL DE ESFUERZOS CRISTIANOS (CONEC)

 

Artículo 99º.

El Consejo Nacional de Esfuerzos Cristianos (CONEC), es el

órgano operativo del departamento Juvenil, con jurisdicción y competencia en el

ámbito nacional. Está compuesta por un mínimo de 07 miembros que ocuparan los

siguientes cargos:

1. Presidencia

2. Vicepresidencia

3. Secretaría

4. Pro-secretaría

5. Tesorería

6. Pro-Tesorería

7. Vocalía

Artículo 100º.Los cargos directivos tienen una duración de dos años. Unmiembro puede ser elegido hasta por un máximo de 02 periodos consecutivos enun mismo cargo.

Artículo 101º. El CONEC en lo que corresponde, pero dentro de la Jurisdiccióny en el ámbito Nacional tiene las atribuciones y facultades siguientes:

1. Cumplir y hacer cumplir los fines y/o objetivos del departamento Juvenil enlo que le corresponde.

2. Elaborar planes, proyectos y sus respectivos presupuestos y Velar por sucumplimiento.

3. Administrar los bienes y recursos de del CONEC.

4. Atender las necesidades pastorales y educativas de las COSECs,COPECsJUSECs Y JUPECs en estricta coordinación con el Sínodo yPresbiterio.

5. Estimular, coordinar y supervisar el trabajo de las comisiones.

6. Coordinar la labor y las actividades de los COSECs, COPECs, JUSECs YJUPECs dentro de su ámbito.

7. Organizar comisiones de trabajo y otros para el cumplimiento de losplanes establecidos y ejecutar los encargos de la Asamblea.

8. Recomendar a la Asamblea asesores, obreros, responsables de lascomisiones y otros, si esto fuera el caso.

9. Decidir la Sustitución de los Directivos que no cumplan sus funciones ycomplementar los cargos vacantes conforme a las normas de la IEP yponer a conocimiento de la asamblea.

10. Cumplir con las demás funciones inherentes a sus cargos y por mandatode las instancias superiores.

 

Artículo 102º. El Presidente del CONEC tiene las siguientes funciones yatribuciones:

1. Representar al CONEC. ante todas las instancias e instituciones de laIglesia y sociedad.

2. Convocar y presidir las asambleas y/o reuniones de trabajo.

3. Velar por el cumplimiento de los fines Organizacionales.

4. Presentar la memoria anual a la asamblea del CONEC.

5. Tiene voto dirimente en caso de empate de votos en reuniones de la juntadirectiva.

6. Preparar en coordinación con el secretario(a) la agenda de las asambleasy demás reuniones de trabajo.

7. Firmar los documentos oficiales, conjuntamente con el secretario otesorero en lo que corresponda y según sea el caso.

8. Cumplir con las demás atribuciones propias de su función y lasencomendadas por las instancias superiores de la Iglesia y del CONEC.

 

Artículo 103º. El Vice–Presidente tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Reemplazar al presidente en caso de ausencia justificada, por delegaciónu otra facultad concedida por las instancias superiores de la Iglesia, conlas mismas atribuciones y funciones del presidente.

2. Apoyar la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

 

Artículo 104º. El Secretario(a) tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Redactar las actas de las asambleas y reuniones de trabajo, teniendo encuenta los requisitos mínimos de toda acta y la fidelidad de su contenido.

2. Redactar y remitir la correspondencia oficial de su departamento, y la quefirmara conjuntamente con el presidente en lo que corresponda.

3. Mantener al tanto al presidente sobre los acuerdos y/o los puntospendientes de la asamblea y reuniones de trabajo.

4. Comunicar oportunamente a quien corresponda, de los acuerdos ymandatos de las diferentes instancias de la Iglesia.

5. Organizar y mantener en orden y al día los documentos y archivos.

6. Mantener al día los padrones o registro de miembros, COSEC´s,COPEC´s, JUSEC´s, JUPEC´s y SEC; directorios y los demás registrossegún corresponda.

7. Cumplir con las demás funciones de su cargo.

 

Artículo 105º. El Pro Secretario(a) tiene las siguientes funciones yatribuciones:

1. Reemplazar al secretario(a) en caso de ausencia justificada pordelegación u otra facultad concedida por las instancias superiores de laIglesia, con las mismas atribuciones y funciones del secretario(a.

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

 

Artículo 106º. El Tesorero(a) tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Administrar los recursos económicos y financieros bajo responsabilidad(ingresos y egresos.)

2. Presentar balances semestrales y mantener al día el libro de caja.

3. Controlar que todo ingreso se haga efectivo con su recibo y todo gastoeste autorizado, visado por el presidente y cuente con el comprobante depago y sean registrados en el libro respectivo según normas sobre lamateria.

4. Presentar los estados de cuenta a solicitud de la junta directiva en formaperiódica, detallada, documentada y preparar el balance generalanualmente.

5. Preparar el anteproyecto del presupuesto de ingresos y gastos, encoordinación con los demás miembros de la directiva para su respectivaaprobación.

6. Buscar la posibilidad de financiamiento para cubrir el presupuesto ypresentar a la junta directiva.

7. Facilitar que se realice el arqueo de caja a solicitud de la Directiva y/oinstancia superior de la iglesia.

8. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

 

 

Artículo 107º. El Pro Tesorero(a) tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Reemplazar al Tesorero(a) en caso de ausencia justificada por delegaciónu otra facultad concedida por las instancias superiores de la Iglesia, conlas mismas atribuciones y funciones del Tesorero(a.

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, juntadirectiva y las demás instancias superiores de la Iglesia en lo quecorresponda a la labor juvenil.

Artículo 108º. El Vocal tiene las siguientes funciones y atribuciones:

1. Reemplazar al Secretario y/o al Tesorero(a) en caso de ausenciajustificada por delegación u otra facultad concedida por las instanciassuperiores de la Iglesia, con las mismas atribuciones y funciones delcargo.

2. Apoyar a la directiva en todo el trabajo planificado y que por función lecorresponde.

3. Integrar las comisiones de trabajo.

4. Cumplir con las demás funciones que se le encargue en asamblea, junta directiva y las instancias superiores de la Iglesia en lo que corresponda ala labor juvenil.

 

B.- ORGANOS DE ASESORAMIENTO

 

Artículo 109º.Los asesores nacionales son personas identificadas con la laborjuvenil, ratificadas por el CEN a propuesta y solicitud de la junta directiva delCONEC, y tienen las siguientes funciones:

1. Orientar y sugerir en el desarrollo del trabajo juvenil.

2. Acompañan pastoralmente a los miembros de la Junta Directiva en cuantosea posible.

3. Opinar y orientar acerca de los aspectos más importantes y / ocontroversiales de la Obra Juvenil.

4. Participar de las sesiones de trabajo, asambleas y actividades de cortepastoral.

5. Promover un ambiente de cooperación, fraternidad y solidaridad entre loslíderes.

6. Estimular a los líderes en todas las instancias del departamento juvenil al cumplimiento de sus  responsabilidades buscando que apoyarles en susnecesidades.

7. Asesorar en cuanto a los contenidos y temas de las publicaciones si estefuera el caso.

Artículo 110º. Los obreros nacionales en cuanto se requiriera y existiera laposibilidad, es propuesto por la junta directiva y ratificados por el CEN conconocimiento de la Asamblea General del CONEC.

 

C. ORGANOS DE APOYO

 

Artículo 111º. Comisiones: Las comisiones son órganos de apoyo designadosen asamblea a fin de alcanzar y/o cumplir sus Objetivos conforme al reglamento yplanes. La asamblea puede facultar la designación de comisiones a la Directiva delCONEC, con cargo a dar cuenta a esta.

Artículo 112º.Las Asambleas del departamento Juvenil en todas sus instanciasdesignan y/o elige a los responsables de las Comisiones. Las finalidades de lascomisiones son:

 

1. Comisión de Educación Cristiana

a. Mantener un programa de apoyo en la formación Espiritual, bíblico teológico para el liderazgo.

b. Seleccionar y preparar materiales de capacitación.

c. Organizar eventos especiales que correspondan al área educativa.

 

2. Comisión de Misión, Evangelización y Discipulado

a. Establecer estrategias para evangelizar en las diversas zonas de nuestropaís.

b. Mantener un programa de seguimiento y discipulado.

c. Organizar eventos claves de evangelización y preparar materiales con lafinalidad de evangelizar.

 

3. Comisión de Servicio y Comunicación

a. Desarrollar proyectos de servicio de interés juvenil.

b. Promover niveles de comunicación para transmitir toda información de laObra.

c. Otros.

 

CAPITULO VI

SISTEMA ELECTORAL Y DE CONTROL

COMISIONES ESPECIALES

 

Artículo 113º.Las comisiones especiales en todas las instancias delDepartamento Juvenil son las siguientes:

1. Comité Electoral (solo en el caso del CONEC)

2. Comisión Revisora de cuentas (COPEC, COSES y CONEC)

Artículo 114º.Las elecciones de directiva de los diferentes COPEC’s,COSEC’s, JUPEC’s, JUSEC’s se llevaran a cabo antes de finalizar el periodo de ladirectiva actual según el calendario electoral mediante el sistema democráticoUniversal y secreto.

Artículo 115º. Los candidatos serán propuestos por dos delegados de distintosCOPEC’s y COSEC’s, JUPEC’s, JUSEC’s presentes en asamblea.

Artículo 116º.Solo podrá ser candidato uno de los delegados. El otro delegadoquedará como tal para todo el período.

Artículo 117º. Para ser elegido en un cargo, se requiere el voto del 50% masuno de los presentes, para todos los cargos e instancias del departamento juvenil(COSEC, COPEC, JUSEC, JUPEC).

 

A.- COMITÉ ELECTORAL (SOLO PARA ELECCIÓN DEL CONEC)

 

Artículo 118º.El Comité Electoral para la elección de Consejo Nacional deEsfuerzos Cristianos (CONEC) se encargará del desarrollo imparcial y neutral delproceso electoral. Estará compuesto por tres miembros, pudiendo ser integrantehermanos delegados que no sean candidatos, así como los ex- directivos,asesores, pastores o representantes del CEP Concejo Ejecutivo Presbiterial, CESConsejo Ejecutivo Sinodal y CEN Concejo Ejecutivo Nacional. Sus cargos son:

1. Presidente

2. Secretario

3. Vocal

 

Artículo 119º. Este comité seguirá estos pasos:

 

1. Realizará una entrevista previa al proceso electoral a todos los delegadosde las diferentes instancias presentes, así como a los ex-directivos, en lacual les tomará sus datos, perfiles y requisitos necesarios, así como sudisponibilidad para desempeñar cargos a nivel de sus instancias a la cualpostula.

2. Los entrevistados podrán decidir si serán o no candidatos para los cargos.

3. Luego, el comité presentará la lista a la Asamblea. Y se otorgará untiempo prudencial para las tachas ú observaciones que se puedanpresentar.

4. Sólo pueden ser propuestos los candidatos hábiles.

Artículo 120º.Para ser elegido en un cargo a nivel nacional, se debe contar con

los dos tercios de los votos de los asistentes. De no ocurrir esto en Primera Vuelta,

los dos candidatos con mayor votación pasan a segunda vuelta, definiéndose en

esta instancia por mayoría simple.

Artículo 121º. Se tendrá preferentemente el calendario electoral en el ordenrespectivo:

 

1. nivel de SEC se desarrollará en Septiembre. (iglesia Local)

2. A nivel de COPEC se desarrollará en Octubre. (presbiterio)

3. A nivel de COSEC se desarrollará en Noviembre. (sínodo)

4. A nivel del CONEC se realizarán en el mes de Enero. (Nacional)

 

B.- COMISION REVISORA

 

Artículo 122º. La Comisión Revisora es designado en cada una de lasinstancias del departamento juvenil para la revisión y evaluación de la eficiencia yeficacia de la gestión, la buena marcha y trabajo realizado por cada instancia en undeterminado periodo

Artículo 123º.La comisión revisora estará compuesto por tres miembros,pudiendo ser integrante hermanos delegados, pastores, así como los ex-asesoreso representantes del Consistorio, Presbiterio, Sínodo o CEN. Sus cargos serán:

1. Presidente

2. Secretario

3. Vocal

Artículo 124º.La comisión revisora solo se limitara a dar su opinión medianteinforme detallado sobre la revisión y evaluación eficiencia y eficacia de la gestión ytrabajo realizado por la cada instancia.

Artículo 125º. La comisión revisora de cuentas para llevar a cabo su trabajodeberá recabar toda la documentación para la revisión de todos los libros sociales,contables, los documentos de ingresos y egresos, contratos convenios y otros enlas diversas instancias bajo responsabilidad de quienes deben entregarlos.

Artículo 126º. Los miembros de ambas comisiones no pueden ser candidatos acargos directivos.

CAPITULO VII

JUSTICIA Y DISCIPLINA

 

Artículo 127º. En cuanto a los desordenes (faltas administrativas, de gestión yotros) serán resueltos por las normas pertinentes de la Iglesia Evangélica Peruanay los órganos competentes de esta.

Artículo 128º. Todo joven tiene derecho a buscar el respaldo de su instancia según sea el caso y el derecho a defensa si el asunto corresponde a cuestiones dela Obra Juvenil.

 

CAPÍTULO VIII

EVENTOS JUVENILES

 

Artículo 129º. Considerando la realidad de cada región, las instancias seencargarán de organizar según sus posibilidades y necesidades, eventos juvenilescomo: Seminarios, talleres, cursos, conferencias, campamentos, Retiros,concursos bíblicos, jornadas deportivas, campañas evangelistas, conciertos

Musicales, festivales artísticos, confraternidades, ayunos, vigilias y otros que seande beneficio en la Obra de Dios.

Artículo 130º.Los eventos juveniles principales son: Las Convenciones, losCongresos y las Escuelas de Líderes. Sus finalidades son:

 

1. Promover la preparación espiritual y la formación cristiana en todos susniveles.

2. Incentivas la confraternidad, el compañerismo y la identidad en la I.E.P.

3. Promover la formación laboral, artística y cultural a través de los talentosde los jóvenes en todas sus instancias y niveles.

4. Hacer presencia publica de nuestra fe evangélica en cada lugar donde serealicen este tipo de eventos.

 

Artículo 131º.La organización de estos eventos queda a responsabilidad de lasinstancias COSEC´s, COPEC´s, JUSEC´s, JUPEC´s y del CONEC. Las sedesserán deliberadas en las asambleas de manera alternada.

Artículo 132º. Las convenciones nacionales se realizan cada tres años, loscongresos nacionales cada año pero que no coincida con la convención nacional,las demás instancias organizan sus eventos descentralizados cada vez que esténen condiciones de organizarla.

 

CAPÍTULO IX

REFORMA DE REGLAMENTO Y RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN

REFORMA DE REGLAMENTO

 

Artículo 133º. El presente Reglamento esta siempre sujeto a modificacionestotales o parciales de artículos, capítulos o todo el conjunto del reglamento. Esto seda debido a la dinámica social de la juventud, y respondiendo al contexto en el quese desarrolla.

Artículo 134º. Toda reforma de Reglamento será atribución exclusiva de laAsamblea Nacional convocada por CONEC, pero preparado por hermanosespecialistas en la materia esto es imprescindible para su formulación, a fin deevitar errores continuos. A solicitud de las instancias de COPEC, COSEC oCONEC. Para tal efecto se elegirá una comisión a nivel nacional, que evaluará lasolicitud de modificatoria.

Artículo 135º. Una vez aprobado las modificaciones, sean totales o parciales,deberán pasar a la Comisión Nacional de Estatutos y Reglamento para su revisiónfinal y su posterior ratificación de la Asamblea Nacional de la IEP.

Artículo 136º. La ejecución de las modificaciones de un nuevo reglamentoaprobado por asamblea no será nunca retroactiva y su aplicación será siemprepara períodos posteriores.

 

RÉGIMEN DE EXCEPCIÓN

 

Artículo 137º. El régimen de excepción es el único mecanismo por el cual sehace factible ser flexibles o dar excepción al mandato de algún artículo delReglamento Juvenil. Esto intenta responder a situaciones que generen un vacío ose muestre ambiguo, presentando posibilidades y alternativas de solución deproblemas en casos no previstos.
Artículo 138º.El régimen de excepción será aplicado para tiempo y espacioespecífico. El artículo no debe ser considerado como un fin en sí mismo, el mismoque debe ser deliberado y decidido por la directiva de del CONEC y puestos enconocimiento inmediato del Consejo Ejecutivo Nacional.

 

CAPÍTULO X

DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS

 

Artículo 139º. Queda sin efecto el Reglamento anterior y entra en vigencia estenuevo Reglamento.

Artículo 140º. Las instancias juveniles se ajustarán a lo establecido por elpresente Reglamento y a partir de su aprobación por la Asamblea Nacional de laI.E.P (18/01/2008).

Artículo 141º. Los COPEC y JUPEC que no sean representados por ningúnCOSEC automáticamente tienen su representatividad ante del CONEC.

NORMAS COMPLEMENTARIAS

 

Artículo 142º. Las reuniones o asambleas deberán de convocarse de maneraformal y por escrito. Se recomienda que dicha convocatoria sea con la debidaanticipación. Una sesión sin la presencia de quien no ha sido convocado puede serrevocada.

Artículo 143º.Las ausencias justificadas no se cuentan a favor del quórum. Lafacultad de voto no puede ser endosada por ningún motivo.

Artículo 144º. El cambio de fecha, hora o lugar invalida la convocatoria, por loque deberá re convocar a la fecha, hora y lugar definitiva.

Artículo 145º. Las sesiones o asambleas son dirigido por el presidente, salvoen el caso de que este tuviera causa ó entrara en cuestión en algún punto. Paradar opinión ó defender su causa podrá dejar la dirección al Vice-presidente o alcargo inmediato inferior. Si la junta directiva estuviera cuestionada se elegirá undirector de debates.

Artículo 146º. Antes de empezar cualquier sesión de trabajo, se deberá verificarel quórum correspondiente.

Artículo 147º. Las sesiones ordinarias seguirán el siguiente orden:

1. Oración y Lectura Bíblica.

2. Verificación del quórum.

3. Lectura del acta anterior (si es que fuera el caso)

4. Lectura de Correspondencia.

5. Informes:

_ Presidente

_ Vicepresidente

_ Secretaría

_ Tesorería

_ Vocal

_ Etc.

6. Agenda.

7. Pedidos.

8. Orden del día.

9. Acordar próxima reunión.

10. Aprobación del Acta

11. Oración y despedida.

 

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Darwin Cruz Vera

 
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